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viernes, 30 de octubre de 2015

PROHÍBEN POR LEY EL EXAMEN DE INGRESO A LAS UNIVERSIDADES



EL SENADO ARGENTINO APROBÓ EL PROYECTO DE LEY PRESENTADO  POR LA DIPUTADA VICTORIA ADRIANA PUIGGRÓS Y EL PRINCIPAL CAMBIO REALIZADO ES LA INCLUSIÓN DEL ARTÍCULO 2 BIS, DONDE ESTABLECE QUE LOS ESTUDIOS DE GRADO EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE GESTIÓN ESTATAL SON GRATUITOS E IMPLICAN LA PROHIBICIÓN DE ESTABLECER SOBRE ELLOS CUALQUIER TIPO DE GRAVAMEN, TASA, IMPUESTO, ARANCEL, O TARIFA DIRECTO O INDIRECTOS. ART. 7º. TODAS LAS PERSONAS QUE APRUEBEN LA EDUCACIÓN SECUNDARIA PUEDEN INGRESAR DE MANERA LIBRE E IRRESTRICTA A LA ENSEÑANZA DE GRADO EN EL NIVEL DE EDUCACIÓN SUPERIOR.



El Senado aprobó una ley que garantiza la gratuidad en las universidades públicas y prohíbe la posibilidad de implementar exámenes de ingreso. Además, la norma abre la puerta para que se puedan flexibilizar los requisitos para que los alumnos mantengan la condición regular.
El proyecto fue impulsado por la diputada del Frente para la Victoria Adriana Puiggrós y surgió como una modificación a la Ley de Educación Superior. El principal cambio es la inclusión del artículo 2 bis, que establece la "prohibición de establecer cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel o tarifa" sobre las carreras de grado en las universidades públicas.

El texto de la norma define el ingreso a la educación universitaria como "libre e irrestricto". Los fundamentos del proyecto explican que este punto busca evitar que se restrinja el acceso a las facultades públicas vía "exámenes eliminatorios" u "otros mecanismos de exclusión".
Los expertos explicaron que esta modificación echa por tierra los cursos de nivelación que realizan algunas facultades. Uno de los casos emblemáticos es el de Medicina, en La Plata, cuyos bochazos masivos son noticia todos los años.
ART. 2º BIS.- LOS ESTUDIOS DE GRADO EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE GESTIÓN ESTATAL SON GRATUITOS E IMPLICAN LA PROHIBICIÓN DE ESTABLECER SOBRE ELLOS CUALQUIER TIPO DE GRAVAMEN, TASA, IMPUESTO, ARANCEL, O TARIFA DIRECTOS O INDIRECTOS.



A partir de esta ley, cada universidad podrá definir los requisitos de regularidad de sus alumnos. Hasta ahora estaban obligados a aprobar como mínimo una materia por año -en algunos casos son dos-. Una vez que se reglamente la modificación sancionada en la Cámara Alta podrán definir criterios propios más flexibles.
ART. 7º. TODAS LAS PERSONAS QUE APRUEBEN LA EDUCACIÓN SECUNDARIA PUEDEN INGRESAR DE MANERA LIBRE E IRRESTRICTA A LA ENSEÑANZA DE GRADO EN EL NIVEL DE EDUCACIÓN SUPERIOR.







La autora del proyecto aclaró que las facultades no podrán alegar su autonomía para evitar la aplicación de la ley. "La autonomía universitaria no quiere decir que las universidades sean extraterritoriales, sino que están bajo la Ley Nacional de Educación y bajo la Constitución Nacional", argumentó.
Fuente: Infobae. 
Fotos y Collage: Miguel Angel Bayona Elias

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